sábado, 21 de julio de 2018

RECONOCIMIENTO LEGAL DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS

Si bien las definiciones de los que son considerados como indígenas son diversas y los antecedentes censales en relación a ellos son en muchos casos poco confiables, se estima que la población indígena actual en América Latina asciende a entre 40 y 50 millones, cifra que representa alrededor de un 10 por ciento de la población total de la región (Bello y Rangel, CEPAL, 2000). Dicha población está agrupada en más de 400 pueblos o grupos identificables, los que van desde los pequeños grupos selváticos amazónicos, hasta las sociedades campesinas de los Andes, que suman varios millones de personas. Junto a ello cabe agregar a la población indígena que habita en áreas urbanas del continente, la que a consecuencia de procesos migratorios, es hoy demográficamente muy significativa. Barrios indígenas proliferan en la actualidad en grandes ciudades como México (D.F.), Lima, Bogotá, Quito y Santiago, dando origen a una nueva realidad de marginalidad indígena (Chase Smith, 2002; Bengoa, 2000).
Las demandas indígenas

A lo largo de las últimas décadas, dichos movimientos han ido levantando un conjunto de demandas, dirigiéndolas hacia los Estados en los que habitan. Estas demandas son de diversa naturaleza: por un lado están aquellas que tienen un carácter individual, que apuntan a poner término a las situaciones de evidente discriminación económica, social, cultural y política de la que los indígenas son objeto en la totalidad de los Estados del continente. Sin embargo, el mayor énfasis de los movimientos indígenas ha estado centrado en aquellas demandas de carácter colectivo, que apuntan a la introducción de modificaciones jurídicas y políticas que permitan enfrentar los problemas estructurales que afectan a sus pueblos en su relación con los Estados y las sociedades no indígenas, y que no les permiten desarrollarse como pueblos.
El derecho a la autodefinición y a un status legal. Sostiene que la definición del status legal de los indígenas ha sido hasta ahora una prerrogativa unilateral de los gobiernos y que las organizaciones indígenas cuestionan esta tradición y reclaman el derecho a la auto identificación, no tan sólo como una elección individual, sino además como un reconocimiento grupal y de identidad colectiva. Consistente con ello reclaman un nuevo status para los pueblos indígenas en el marco de una sociedad democrática, reclamo que en los últimos años ha incidido en reformas jurídicas constitucionales y legales que posteriormente se analizará.

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